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Autor: Administrator

Secretaría

Secretaria
R. Patricia Hernández Maeso
Administrativa. Jefa de Negociado
Mª del Pilar Corchado Martín-Romo
Administrativo/a
Vacante

 

El horario de Secretaría para este curso es en jornada de mañana, y con el siguiente horario de atención al público:

  • Mañana de 09:30 h. a 13 h. de lunes a viernes.

 

Consejo Escolar

MIEMBROS DEL CONSEJO ESCOLAR

Presidente

Director del Instituto:

José L. Jiménez Fdez.

Jefe de estudios

Jefa de Estudios del Instituto:

Pilar Menjíbar Ruiz

Secretaria

Secretaria del Instituto:

Patricia Hernández Maeso

 Vocales

Representantes del profesorado:

Mª Dolores Albarrán Lorido

Francisco Aliseda García

Isabel Mª Collado Fernández

Mª del Mar Gómez Tamayo

Susana León Sánchez

Herminia Mora Munuera

Fernando Rodríguez Rastrollo

Representantes de madres y padres:
Judith Belmonte Hinchado (AMPA)

Juana M. González Vellerino

Piedad García Galván

Representantes de alumnos/as:

Silvia Asensio González

Iván Laguna Chacón

Lola Meléndez Rubio

Carlos Torrado Ramos

Representante PAS:  
Candelaria Salas Guzmán
Representante del Ayuntamiento:
 
Miriam Chacón González
 

COMISIONES DEL CONSEJO ESCOLAR. Curso 2021-22

 

Comisión de convivencia

Director

José L. Jiménez Fdez.

Jefa de estudios

Pilar Menjíbar Ruiz

Representante de profesores/as

Francisco Aliseda García

Representante de profesores/as

Isabel Mª Collado Fernández

Representante de alumnos/as

 Iván Laguna Chacón

Representante de madres y padres

Piedad García Galván 

Representante PAS

Candelaria Salas Guzmán

     

Comisión económica

Director

José L. Jiménez Fdez.

Secretaria

Patricia Hernández Maeso

Representante de profesores/as

Fernando Rodríguez Rastrollo

Representante de alumnos/as

 Lola Meléndez Rubio

Representante de madres y padres

Juana M. Glez. Vellerino

Representante del Ayuntamiento

Miriam Chacón González

     

Comisión de actividades extraescolares y complementarias

Director

José L. Jiménez Fdez

Jefa de estudios

Pilar Menjíbar Ruiz

Representante de profesores/as

Mª Dolores Albarrán Lorido

Representante de alumnos/as

Carlos Torrado Ramos 

Representante de madres y padres

Judith Belmonte Hinchado

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

A

 

 

 Representante del centro para el fomento de la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres: Susana A. León Sánchez.

 

 

Artículo 147. El Consejo Escolar.
(Ley 4/2011, de 7 de marzo, de educación de Extremadura)

 

1. El Consejo Escolar es el órgano colegiado de gobierno y de participación de la comunidad educativa en los centros sostenidos con fondos públicos.

 

2. Se desarrollarán reglamentariamente la composición, funciones, elección y renovación de los miembros, atribuciones y régimen de funcionamiento del Consejo Escolar, de acuerdo con la normativa básica.

 

3. Las normas que regulen los procesos de elección tendrán en cuenta el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres.

 

4. El Consejo Escolar de los centros públicos, sin perjuicio de las competencias del Claustro, aprobará y evaluará el proyecto educativo, el reglamento de organización y funcionamiento y el proyecto de gestión, analizará el funcionamiento general del centro y la evolución del rendimiento escolar y ejercerá las demás competencias previstas en las normas básicas y en las reglamentarias de desarrollo.

 

5. El Consejo Escolar designará una persona de entre sus miembros para el fomento de medidas educativas que hagan efectiva la igualdad entre mujeres y hombres. La Administración educativa promoverá la formación de la persona designada.

 

6. La Administración educativa regulará las condiciones por las que los centros que impartan las enseñanzas de formación profesional específica o artes plásticas y diseño puedan incorporar, a su Consejo Escolar, a representantes propuestos por las organizaciones empresariales o instituciones laborales presentes en el ámbito de acción del centro.

 

7. El Consejo Escolar velará por la aplicación y el cumplimiento de la normativa sobre convivencia.

 
8. El Consejo Escolar analizará y valorará el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas o externas en las que participe el centro.

Composición:

  • Director
  • Secretario
  • Jefe de Estudios
  • Siete representantes de los Profesores
  • Tres representantes de los Padres de Alumnos
  • Cuatro representantes de los Alumnos
  • Un representante del Personal de Administración y Servicios
  • Un representante del Ayuntamiento

 

C.C.P.

 

 Comisión de Coordinación Pedagógica

Presidente

Director del instituto:
José L. Jiménez Fdez.

Secretaria

Maite Pérez Redondo 

Vocales

 

Jefa de estudios del Instituto:
Pilar Menjíbar Ruiz

Jefes de departamento:

Mª Dolores Albarrán Lorido(Actividades complementarias)

  Antonio Luengo Velasco(Administración)
  Augusto Andrade Díaz (Artes Plásticas)

Agustín Pozo Tamayo (Biología y Geología)
  Carmen Ordóñez Saavedra(Cultura Clásica) 
Fernando García Rodríguez (Economía)
Maite Pérez Redondo (Educación Física)  

Jesús Fernández Periañes (Filosofía) 
   Concepción Cancho Arias (Física y Química) 
   Marisa Bico Petronila (Portugués) 
Alejandro Dávila García (Geografía e Historia)
Ana B. Gamero Gallardo (Inglés)
 Carlos Bermejo Castro (Lengua y Literatura Castellana)

   Isabel Collado Fernández (Matemáticas) 
   Alfonso Collado Ramos (Música)
Fátima Jociles Amaro (Orientación)

  María del Mar Gómez Tamayo (Tecnología)

ITED:
María Guadalupe León López

 

 Competencias:

(Artículo 54 del R. D. 83/96 de 26 de enero de 1996)

La comisión de coordinación pedagógica tendrá, en relación con el régimen de funcionamiento regulado en el Título V de este Reglamento, las siguientes competencias:

a) Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de los proyectos curriculares de etapa.

b) Supervisar la elaboración y revisión, así como coordinar y responsabilizarse de la redacción de los proyectos curriculares de etapa y su posible modificación, y asegurar su coherencia con el proyecto educativo del instituto.

c) Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de las programaciones didácticas de los departamentos, del plan de orientación académica y profesional y del plan de acción tutorial, incluidos en el proyecto curricular de etapa.

d) Proponer al claustro los proyectos curriculares para su aprobación.

e) Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de los proyectos curriculares de etapa.

f) Proponer al claustro la planificación general de las sesiones de evaluación y calificación y el calendario de exámenes o pruebas extraordinarias, de acuerdo con la jefatura de estudios.

g) Proponer al claustro de profesores el plan para evaluar el proyecto curricular de cada etapa, los aspectos docentes del proyecto educativo y la programación general anual, la evolución del rendimiento escolar del instituto y el proceso de enseñanza.

h) Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyectos del instituto, colaborar con las evaluaciones que se lleven a cabo a iniciativa de los órganos de gobierno o de la Administración educativa e impulsar planes de mejora en caso de que se estime necesario, como resultado de dichas evaluaciones.

Composición:

  • Director
  • Jefe de Estudios
  • Jefes de Departamento
  • Coordinador para las Tecnologías de la Información y de la Comunicación
  • Secretario (Ejerce esta función el Jefe de Departamento más joven)

Claustro de profesores/as

 

Claustro de profesores/as 2024-25

 

 

 Artículo 148. El Claustro del profesorado.
(Ley 4/2011, de 7 de marzo, de educación de Extremadura)

1. En los centros sostenidos con fondos públicos, el Claustro es el órgano de participación del profesorado en el gobierno del centro en su conjunto y de manera especial en lo que se refiere a la planificación, coordinación y evaluación de las actividades docentes y, en su caso, a las decisiones sobre todos los aspectos educativos del centro.

2. Pertenece al Claustro la totalidad del profesorado que presta servicio en el centro, correspondiendo su presidencia al titular de la dirección. Asimismo, y conforme a la autonomía organizativa del centro, podrán participar en el Claustro, con voz y sin voto, otros profesionales en los términos que la Dirección determine.

3. El Claustro promoverá iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.

4. El Claustro analizará y valorará el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas o externas en las que participe el centro.

5. La Administración educativa fijará reglamentariamente las competencias y el régimen de funcionamiento del Claustro.

 

 

Equipo Directivo

Director

José Luis Jiménez Fernández

 

Jefa de Estudios

Pilar Menjíbar Ruiz

 

Jefa de Estudios Adjunta

Susana A. León Sánchez

 

Secretaria

R. Patricia Hernández Maeso