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Convivencia bilingüe / bilingual gathering

Los alumnos de 1º de E.S.O. A  participan en la primera convivencia de secciones bilingües. En esta ocasión se desplazan al albergue "Las Castellanas" de Pasarón de la Vera (Cáceres).

Durante los días 22, 23 y 24 de marzo de 2007, comparten experiencias con los alumnos de la sección bilingüe del I.E.S. Santiago Apóstol de Almendralejo.

 Les acompañan su profesor de inglés y la auxiliar de conversación, Larysa Ischenko, además de los profesores de Almendralejo.

Junto al cerezo en flor, celebran el final del invierno (end of winter time) y la llegada de la primavera (arrival of the sping time).       

 

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Programa de Inmersión Lingüística

En el B.O.E. Nª 26 de 30 de enero de 2007 se convocan ayudas para participar en el "Programa de Inmersión Lingüística".

Son colonias de vacaciones de dos semanas de duración, en régimen de internado, en instalaciones situadas en distintos puntos de la geografía española, y consisten en cursos de lengua inglesa y en el desarrollo de actividades lúdicas, deportivas, etc.

Se desarrollarán entre el 29 de julio y el 2 de septiembre de 2007.

Podrán participar alumnos de 1º de E.S.O. El plazo de solicitud finaliza en 16 de marzo.

Para más información consultar los archivos PDF adjuntos.

 

Cartel de inmersion linguistica 2007

Convocatoria de inmersion linguistica 2007

Claustro de profesores/as

 

Claustro de profesores/as 2024-25

 

 

 Artículo 148. El Claustro del profesorado.
(Ley 4/2011, de 7 de marzo, de educación de Extremadura)

1. En los centros sostenidos con fondos públicos, el Claustro es el órgano de participación del profesorado en el gobierno del centro en su conjunto y de manera especial en lo que se refiere a la planificación, coordinación y evaluación de las actividades docentes y, en su caso, a las decisiones sobre todos los aspectos educativos del centro.

2. Pertenece al Claustro la totalidad del profesorado que presta servicio en el centro, correspondiendo su presidencia al titular de la dirección. Asimismo, y conforme a la autonomía organizativa del centro, podrán participar en el Claustro, con voz y sin voto, otros profesionales en los términos que la Dirección determine.

3. El Claustro promoverá iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.

4. El Claustro analizará y valorará el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas o externas en las que participe el centro.

5. La Administración educativa fijará reglamentariamente las competencias y el régimen de funcionamiento del Claustro.